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69-B presunto, definitivo, desvirtuado y sentencia favorable: qué significa cada estado

Publicado: 28 de septiembre de 2026 · Actualizado: 28 de septiembre de 2026

La lista 69-B del SAT tiene cuatro estados, y solo uno afecta directamente tus deducciones: definitivo. Presunto es una alerta, definitivo significa que los CFDI de ese proveedor no producen ni produjeron efectos fiscales, y desvirtuado o sentencia favorable significan que el proveedor salió bien librado y sus CFDI siguen siendo válidos.

Los cuatro estados de un vistazo

EstadoQué pasó¿Afecta tus CFDI?Qué te toca hacer
PresuntoEl SAT presume que el proveedor no tiene capacidad real para lo que factura y le dio oportunidad de defenderseTodavía noReunir evidencia y vigilar su estado
DefinitivoEl proveedor no logró desvirtuar la presunciónSí: no producen ni produjeron efectos fiscalesAcreditar la operación o corregir en los 30 días siguientes a la publicación
DesvirtuadoEl proveedor demostró ante el SAT que sus operaciones existieronNoNada; conserva tu evidencia
Sentencia favorableUn tribunal resolvió a favor del proveedorNoNada; conserva tu evidencia

Presunto: la alerta

Un proveedor aparece como presunto cuando el SAT detecta que emite comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o entregar los bienes que factura, o cuando no lo localiza en su domicilio fiscal.

En esta etapa tus deducciones no se pierden todavía, pero el riesgo ya existe. El proveedor tiene un plazo para defenderse (ver el procedimiento completo) y puede terminar como desvirtuado o como definitivo.

Qué hacer si tu proveedor está como presunto:

  1. Identifica todos los CFDI que te emitió y en qué declaraciones los deduciste o acreditaste el IVA.
  2. Reúne desde ahora la evidencia de que la operación existió: contrato, entregables, pagos bancarios, correos.
  3. Decide si sigues operando con él. Si lo haces, documenta cada operación nueva con más cuidado.
  4. Revisa su estado cada mes hasta que se resuelva.

Definitivo: el estado que sí tiene consecuencias

Cuando un proveedor pasa a definitivo, el SAT considera, con efectos generales, que las operaciones de sus comprobantes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno. Eso incluye los CFDI de periodos anteriores, no solo los que emita a partir de la publicación.

Para ti, como comprador, significa que las deducciones y el IVA acreditado con esos CFDI quedan en riesgo. Tienes 30 días siguientes a la publicación del listado definitivo para hacer una de dos cosas:

  1. Acreditar la materialidad ante el SAT: demostrar que efectivamente recibiste los bienes o servicios.
  2. Corregir tu situación fiscal: presentar declaraciones complementarias sin esas deducciones ni ese IVA acreditable.

Si no haces ninguna de las dos, el SAT puede determinar créditos fiscales a tu cargo, y las operaciones pueden considerarse actos simulados para efectos de los delitos fiscales.

La fecha que importa es la de publicación en el listado definitivo, no la fecha en que te enteraste. Por eso conviene revisar a tus proveedores cada mes.

Desvirtuado: el proveedor demostró sus operaciones

Un proveedor desvirtuado presentó pruebas suficientes y el SAT reconoció que sus operaciones sí existieron. El SAT publica periódicamente la lista de contribuyentes que desvirtuaron los hechos.

Sus CFDI siguen teniendo efectos fiscales. Aun así, conserva la evidencia de tus operaciones con él: en una revisión, el SAT puede pedirte demostrar la materialidad de cualquier operación, esté o no el proveedor en una lista.

Sentencia favorable: un tribunal le dio la razón

Algunos proveedores publicados como definitivos impugnan la resolución ante un tribunal. Si obtienen una sentencia favorable, el SAT los publica en ese estado.

Sus CFDI recuperan su validez. Si en su momento corregiste tus declaraciones por ese proveedor, consulta con tu contador si procede alguna acción.

¿Y la lista 69-B Bis?

Es otro listado. El artículo 69-B Bis se refiere a contribuyentes que transmitieron indebidamente pérdidas fiscales, por ejemplo en fusiones o escisiones. No es la lista de facturas de operaciones simuladas, aunque a veces se confunden.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa 69-B definitivo?

Que el proveedor no logró desvirtuar la presunción del SAT y sus CFDI no producen ni produjeron efectos fiscales. Si le compraste, tienes 30 días desde la publicación para acreditar la operación o corregir.

Mi proveedor está como presunto, ¿ya no puedo deducir sus facturas?

Todavía puedes, porque los efectos llegan con el estado definitivo. Pero conviene reunir evidencia desde ya y vigilar su estado.

¿Afecta también las facturas de años anteriores?

Sí. El estado definitivo implica que sus comprobantes no producen ni produjeron efectos fiscales, lo que incluye operaciones pasadas.

Si mi proveedor quedó desvirtuado, ¿tengo que hacer algo?

No, sus CFDI siguen siendo válidos. Solo conserva la evidencia de tus operaciones.

¿Cada cuánto cambia el estado de un proveedor?

El SAT publica actualizaciones varias veces al año. El buscador de Atlas se sincroniza a diario con el archivo público del SAT.

Atlas cruza tus CFDI recibidos contra la lista 69-B cada mes y te avisa cuando un proveedor cambia de estado, con los comprobantes afectados y la fecha límite para actuar. Solicita una demo.


Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un contador o abogado fiscal.

Fuentes: Código Fiscal de la Federación, artículos 69-B y 69-B Bis (texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026) · SAT, datos abiertos: listado completo del artículo 69-B

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