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Calendario fiscal 2026: fechas límite del SAT para persona moral, persona física y RESICO

Publicado: 28 de septiembre de 2026 · Actualizado: 28 de septiembre de 2026

En 2026, los pagos provisionales de ISR e IVA y las cuotas del IMSS vencen el día 17 del mes siguiente; la DIOT, el último día del mes siguiente; la declaración anual de personas morales venció el 31 de marzo y la de personas físicas el 30 de abril. Si la fecha cae en sábado, domingo o día inhábil, se recorre al siguiente día hábil: el pago de septiembre, por ejemplo, vence el lunes 19 de octubre porque el 17 cae en sábado.

Lo que vence en lo que queda de 2026

Fecha límiteObligaciónAplica a
Lunes 19 oct 2026Pago provisional de ISR, IVA y retenciones de septiembrePersona moral, persona física, RESICO
Lunes 19 oct 2026Cuotas obrero-patronales IMSS de septiembrePatrones
Lunes 2 nov 2026DIOT de septiembreContribuyentes obligados a presentarla
Martes 17 nov 2026Pago provisional de ISR, IVA y retenciones de octubrePersona moral, persona física, RESICO
Martes 17 nov 2026Cuotas IMSS de octubrePatrones
Martes 17 nov 2026Aportaciones INFONAVIT y cuotas de retiro (RCV) del 5.º bimestre (septiembre y octubre)Patrones
Lunes 30 nov 2026DIOT de octubreContribuyentes obligados a presentarla
Jueves 17 dic 2026Pago provisional de ISR, IVA y retenciones de noviembrePersona moral, persona física, RESICO
Jueves 17 dic 2026Cuotas IMSS de noviembrePatrones
Jueves 31 dic 2026DIOT de noviembreContribuyentes obligados a presentarla

Las obligaciones de diciembre de 2026 vencen en enero de 2027 y están en el calendario fiscal 2027.

Las reglas que definen cada fecha

ObligaciónRegla generalFecha en 2026
Pagos provisionales de ISR e IVADía 17 del mes siguiente al que correspondenDel 19 de enero al 17 de diciembre
Retenciones de ISR (salarios, honorarios, arrendamiento)Día 17 del mes siguienteIgual que los pagos provisionales
Cuotas obrero-patronales IMSSDía 17 del mes siguienteIgual que los pagos provisionales
INFONAVIT y cuotas de retiro (RCV)Día 17 del mes siguiente a cada bimestre17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre (recorridas si son inhábiles)
DIOTÚltimo día del mes siguienteRecorrida si cae en inhábil
Declaración anual de personas morales31 de marzoMartes 31 de marzo de 2026
Declaración anual de personas físicas y RESICO persona física30 de abrilJueves 30 de abril de 2026

Cuándo se recorre una fecha

Si el último día del plazo cae en sábado, domingo o día inhábil, la obligación se puede cumplir el siguiente día hábil. En 2026 eso cambia estas fechas:

  • Enero: el 17 es sábado; los pagos de diciembre de 2025 vencieron el lunes 19.
  • Mayo: el 17 es domingo; los pagos de abril vencieron el lunes 18.
  • Octubre: el 17 es sábado; los pagos de septiembre vencen el lunes 19.

Los periodos generales de vacaciones del SAT no son días inhábiles para presentar declaraciones ni hacer pagos.

Días adicionales para personas físicas

Las personas físicas pueden presentar sus pagos provisionales mensuales unos días hábiles después del 17, según el sexto dígito numérico de su RFC:

Sexto dígito del RFCDías hábiles adicionales
1 o 21
3 o 42
5 o 63
7 u 84
9 o 05

La facilidad no aplica a personas morales. Confirma con tu contador si tu caso tiene alguna excepción.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence la declaración provisional de septiembre de 2026?

El lunes 19 de octubre de 2026, porque el 17 cae en sábado.

¿Cuándo se presenta la DIOT?

El último día del mes siguiente al que corresponde. La de septiembre de 2026 vence el lunes 2 de noviembre, porque el 31 de octubre es sábado.

¿Cuándo vence la declaración anual de personas morales?

El 31 de marzo del año siguiente al ejercicio. La del ejercicio 2026 vence el 31 de marzo de 2027.

¿Y la de personas físicas?

El 30 de abril del año siguiente al ejercicio. La del ejercicio 2026 vence el 30 de abril de 2027.

¿Qué pasa si pago tarde?

El SAT cobra actualización y recargos desde el día siguiente al vencimiento, y puede imponer multas si presentas la declaración fuera de plazo.

Atlas te avisa antes de cada vencimiento y te dice qué declarar con base en tus propios CFDI. Solicita una demo.


Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Verifica siempre las fechas en el portal del SAT.

Fuentes: Código Fiscal de la Federación, artículo 12 (cómputo de plazos y días inhábiles) · Ley del ISR y Ley del IVA (pagos provisionales mensuales) · Ley del Seguro Social, artículo 39 (cuotas mensuales) · Resolución Miscelánea Fiscal vigente (DIOT y días adicionales por sexto dígito del RFC).

Ve lo que Atlas encuentra en tus RFC.

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